8 pasos para constituir una empresa

Constituir una empresa en España es un proceso muy sencillo hoy en día, no hace falta marcharse a otro países con e-residencias o irse a un paraíso fiscal para tener una empresa operativa. En apenas 2-3 días a un coste aproximados de unos 275€ + IVA.

Pasos para crear una empresa en España

Por regla general el proceso para crear una empresa es

1. Certificación negativa de nombre o denominación social

Un trámite necesario para constituir una empresa, que se realiza en el Registro Mercantil Central. Se debe presentar entre 1 a 5 posibles denominaciones (te recomendamos usar las 5 opciones ya que no tiene coste extra). Suele tardar unas 48 horas y la solicitud se puede presentar en persona, por correo o por Internet (www.rmc.es).

2. Redacción de los Estatutos sociales

Es una de las piezas claves para el buen gobierno de la sociedad. Incluirá la transmisión de participaciones (SL) y acciones (SA), los órganos de Administración (administrador único, solidarios, mancomunados y consejo de administración), la forma en qué se van a adoptar las decisiones en la empresa y, por último, la liquidación de la sociedad.

3. Capital social

Documentación sobre la aportación de los socios en el capital de constitución, puede ser una aportación dineraria o no dineraria como ordenadores, móviles, mobiliario.

En caso de ser una aportación dineraria se debe depositar en una entidad bancaria una cantidad de dinero, que variará en función del capital social exigido en cada caso. Para una sociedad limitada el mínimo son 3.000 euros, y para una sociedad anónima el capital no podrá ser menor de 60.000 euros.

4. Escritura pública de constitución de la sociedad

Se realiza ante notario y deben estar representados todos los socios. Se debe presentar la certificación negativa de nombre o denominación social, los estatutos y la acreditación de las aportaciones de los socios.

5. Inscripción en el Registro Mercantil

Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil Provincial para obtener la plena competencia jurídica. Tendrá lugar en la oficina del Registro Mercantil de la misma provincia donde la empresa esté domiciliada.

6. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Se abona en la Agencia Tributaria  al mes siguiente al otorgamiento de la escritura.

Hay que darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas con la actividad empresarial que se va a realizar, en una oficina de la Agencia Tributaria.

7. Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF) provisional.

Lo expide la Agencia Tributaria.

8. Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF) definitivo

Es expedido por la AEAT (Hacienda) y puede llegar de forma telemática o digital al domicilio social de la empresa.

Y con esto ya se tiene constituida la empresa. Aunque no es necesario para tener constituida la empresa, lo habitual es acudir al banco con la escritura inscrita en el registro para que la cuenta abierta en constitución quede operativa.