Plazos para la presentación de la Renta

Plazos para presentar la Renta

La Agencia Tributaria estableció un cronograma para la presentación de renta correspondiente a 2018, cuya campaña inició el pasado 2 de abril.

Para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Hacienda ha señalado periodos para que se domicilien las declaraciones en cuentas bancarias y se pidan las citas previstas en el proceso.

La presentación de renta debe ser realizada por todas las personas físicas durante el primer semestre del año, evitándose así sanciones por incurrir en una infracción.

Plazos

La Agencia Tributaria fijó el 26 de junio como fecha límite para hacer la domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar, mientras que el 28 de junio será el último día para solicitar la cita previa para atención vía telefónica, o en la oficina.

La presentación de la Declaración de Impuesto sobre la Renta para Personas Físicas culminará el 1 de julio, de lo contrario, se consideran fuera de plazo y pueden acarrear sanciones. Por ello, es recomendable buscar el asesoramiento de abogados fiscales, cuando se vaya a realizar la declaración.

Obligaciones fiscales

Las personas físicas tienen determinadas obligaciones fiscales, que deben ser incluidas en la declaración anual. Estas rentas se clasifican en los siguientes tipos:

  • Obtenidas por el trabajo: incluye las rentas producto del trabajo, así como las pensiones, prestación por desempleo, ciertas indemnizaciones, becas y subsidios.
  • Adquiridas por ahorro: en este reglón se agregan las cuentas bancarias e inversiones financieras.
  • Procedentes de inmuebles: rentas obtenidas por propiedades de inmuebles, ya sea por arrendamiento, o por la propiedad en sí.
  • Rentas por el ejercicio de actividades empresariales o profesionales, es decir, beneficios obtenidos por trabajos autónomos.
  • Por ganancias o pérdidas de patrimonio.

Novedades

Este año, Hacienda ha incluido variaciones que deben tenerse en cuenta para el pago del Impuesto sobre la Renta, a saber:

  • Nuevos límites de exención: los contribuyentes de un solo pagador, cuyos rendimientos de trabajos hayan sido inferiores a 22.000 euros, están exentos de hacer la declaración de renta. En caso de tener dos pagadores, el límite será de 12.643 euros.
  • Las declaraciones de renta no se emitirán de manera impresa.
  • Están exentas de la declaración las prestaciones referidas a maternidad y paternidad, recibidas de la Seguridad Social.
  • Aumento de deducciones para nuevas empresas. Desde el 1 de enero de 2018, la base máxima pasó a 60.000 euros y se incrementó el porcentaje de deducción a 30%.
  • Incremento de deducción por maternidad a 1.000 euros, siendo la suma total de 2.200 euros.
  • Aumento de deducciones en caso de familias numerosas o para personas con discapacidad que estén a su cargo.

Si tuvieras alguna duda puedes ver respuestas de abogados especializados en el área tributaria que pueden asesorar y acompañar durante todo el procedimiento de presentación de impuestos.

Conclusión

El incumplimiento de la declaración oportuna del Impuesto sobre la Renta para Personas Físicas acarrea sanciones por parte de Hacienda y éstas variarán dependiendo de la infracción, como la no presentación en el tiempo estipulado, no señalar el cambio de domicilio o colocar datos erróneo.

El vencimiento de estos delitos tributarios puede alcanzar los cuatro años e implican, incluso, la imposibilidad de conseguir ayudas económicas o suscribir contratos con organismos públicos.

mayo 1, 2019

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