Primeros pasos para la adaptación de la LOPD a la normativa europea

LOPD del 2018. Conoce tus derechos

El 25 de mayo de 2018 entra en vigor la nueva normativa sobre la protección de datos para el territorio europeo. España se tendrá que adaptar la LOPD antes de esa fecha.

La Comunidad Europea pone fecha para la entrada en vigor de la nueva normativa sobre la protección de datos en Europa, el 25 de mayo de 2018. Hasta esa fecha tienen plazo los países que la integran para adaptar sus normativas a la legislación europea, España acaba de presentar el anteproyecto para la adaptación de la LOPD a la normativa europea, e incluye algunas novedades que los usuarios venían reclamando desde hace tiempo.

Presentado el Anteproyecto para la adaptación de la LOPD a la normativa europea

El Anteproyecto para la adaptación de la LOPD a la normativa europea, e incluye 8 artículos principales que resumen las principales áreas sobre la protección de los datos de los usuarios, algunos de los artículos incluyen referencias a reclamaciones de los usuarios, mientras que otras amplían la protección de la información privada.

Principales novedades presentes en el anteproyecto de la ley de protección de datos

Acceso a datos de personas fallecidas

Entre las novedades, una que hace referencia a las personas fallecidas y al derecho de acceso a estos por parte de su familiares, y sobre todo, al derecho de modificación, rectificación o cancelación de dichos datos, del que podrán hacer uso estos.

Consentimiento explícito y acceso, modificación o cancelaciones más sencillos

La ley actual incluía el derecho de los usuarios al acceso, a la modificación, a la rectificación y/o a la cancelación de los datos incluidos en un fichero, sin embargo, no hacía referencias a los medios y procedimientos y, por lo tanto, en proceso podía ser más o menos sencillo. A partir de ahora habrá que incluir los medios necesarios para asegurar que el proceso para la modificación y la cancelación sea sencillo para usuarios y consumidores.

Edad para el consentimiento: pasa de los 14 a los 13 años. Hasta ahora, la edad mínima para prestar consentimiento para la protección de datos eran los 14 años, a partir de ahora se fija un nuevo límite de edad, que baja hasta los 13 años.

La obligación de bloqueo

Hasta ahora solo era necesario que el usuario aceptara explícitamente la recopilación de datos, lo que de hecho se traducía en la permisividad para que la recopilación se hiciera obligatoria. Sin embargo, el anteproyecto para la adopción de la LOPD a la normativa europea modifica este aspecto, y hace referencia a la necesidad de opción de bloqueo de la recopilación de datos.

Ventanilla única para la Protección de Datos

Los complicados trámites para la correcta gestión de ficheros eran uno de los objetivos de los propietarios, que tenían que realizar numerosos trámites con independencia del objeto y/o el motivo por el que tenían acceso a los datos. A partir de ahora existirá una ventanilla única que agilizará los trámites.

Valoración de los ficheros de datos y de la información que contiene por el titular

Se amplía también el ámbito para la recopilación, la protección y la custodia de datos personales y, en concreto, se hace referencia a que a partir de ahora el propietario de un fichero de datos tendrá mayor libertad para valorar los datos y para elegir los medios para su protección.

Mayor control en la nueva LOPD

El anteproyecto de ley de obligación para la protección de datos nace por la necesidad de adaptarse a la nueva legislación europea que estará vigente desde el 25 de mayo de 2018, pero en ella se puede apreciar un mayor intento por proteger los derechos de los usuarios sobre sus datos y, sobre todo, más posibilidades para garantizar una mayor privacidad de los mismos.

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julio 4, 2017

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