Indemnización por trabajo doméstico tras divorcio

Indemnización por trabajo doméstico tras divorcio

La Audiencia Provincial de Cantabria acaba de dictar sentencia a favor de la indemnización por trabajo doméstico tras divorcio de una mujer que había abandonado su trabajo para una empresa para dedicarse a las tareas del hogar que compartía con su cónyuge.

En 2007, después de un periodo de separación, un matrimonio que tenía régimen separación de bienes volvió a convivir. En aquel momento, la esposa abandonó su trabajo para dedicarse en exclusiva a las tareas domésticas. La dedicación de la esposa a las tareas domésticas motivó además en despido del personal del servicio de limpieza que hasta entonces había estado realizando esta actividad en la residencia del marido.

Seis años más tarde, en 2013, la pareja decidió divorciarse y entonces ella solicitó una indemnización por trabajo doméstico realizado durante el periodo de convivencia, teniendo en cuenta que había abandonado su trabajo, con todo lo que ello implica, pero que había contribuido suficientemente a la carga doméstica con su trabajo en casa. La Audiencia Provincial considera que la indemnización está justificada y tiene en cuenta además que antes de la convivencia, el conyuge que trabajaba fuera contaba con personal externo.

Condiciones para la indemnización por trabajo doméstico tras divorcio

La sentencia ha dado mucho que hablar, sin embargo no es la primera ocasión en la que se produce una indemnización por trabajo doméstico tras divorcio. El Código Civil, y en concreto el artículo 1438, recoge el derecho a percibir una indemnización por trabajo doméstico tras divorcio cuando se cumplen las siguientes condiciones:

Matrimonio en régimen de separación de bienes absoluto

  • Que uno de los contrayentes se dedique en exclusiva a las tareas del hogar durante el periodo de convivencia
  • Que uno de los contrayentes abandone el trabajo para empresas para dedicarse en exclusiva a las tareas domésticas.

Se considera así porque se tienen en cuenta que la aportación económica no es la única forma que existe de contribuir en el hogar, considerando el trabajo doméstico como una alternativa de contribución.

Sin embargo, desde que el 2011 se dictara sentencia favor de la indemnización por trabajo doméstico en casos de divorcio, esta no ha estado exenta de polémicas. Ello a pesar de que en 2015 la sentencia se ratificara.

Ahora la nueva sentencia de 2017 por la que uno de los cónyuges tendrá que indemnizar a otro con 23.628 euros viene a recordar una vez más que el trabajo doméstico es un empleo y que no solo las contribuciones económicas se tienen en cuenta a la hora de valorar la contribución en la carga doméstica.

El servicio doméstico externo

En la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria se tuvo en cuenta que durante el tiempo de separación anterior uno de los cónyuges había contado con servicio doméstico externo, siendo despedido al reiniciarse la convivencia de la pareja.

Sin embargo hay que apuntar que, aunque para optar al derecho a la indemnización por trabajo doméstico, el cónyuge tiene que dedicarse en exclusiva a las tareas del hogar, no pudiendo realizar ningún otro trabajo remunerado. Sí que se puede contar con personal externo para ayudar a las tareas domésticas. Es decir, aun cuando el cónyuge que trabaja en las tareas del hogar cuente con soporte o ayuda externa, puede disfrutar del derecho de la indemnización por trabajo doméstico tras divorcio.

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abril 25, 2017

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